La Corte Suprema de Justicia, por Acuerdo y Sentencia Nº 1.306 del 15 de octubre de 2013, sentó jurisprudencia sobre el derecho humano de acceso a la información pública, consagrado en el Artículo 28 de la Constitución Nacional.
Coherente con dicho fallo y en el marco de su política de transparencia, la máxima instancia judicial publicó ese mismo día (15 de octubre de 2013) la nómina de sus funcionarios con sus respectivas remuneraciones. La información es actualizada permanentemente y está disponible en el Sitio Web institucional para que cualquier ciudadano pueda acceder a ella.
Del mismo modo, en dicho marco y arbitrando todas las medidas para el efecto, se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 5.189/14, “QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA PROVISIÓN DE INFORMACIONES EN EL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS SOBRE REMUNERACIONES Y OTRAS RETRIBUCIONES ASIGNADAS AL SERVIDOR PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY”.
En ese sentido, siguiendo la misma línea de transparencia institucional, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia dictó la Resolución Nº 1.296, procediendo a reglamentar internamente la aplicación de la referida ley, que entre otros puntos dispone que las diferentes dependencias que componen la institución provean la información requerida en tiempo y forma a la Dirección de Comunicación, a fin de su publicación.