Otra información necesaria

RESUMEN ANUAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO AÑO 2017 EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 7 DE LA LEY 5189/2014.

Art. 7º. Todas las instituciones y dependencias citadas en el Art. 2º deberán publicar cada fin de ejercicio, un resumen total de ingresos de cada unos de los funcionarios incluyendo, los montos de remuneraciones básicas, adicionales, complementarias, otros gastos del personal y viáticos por cada funcionario o empleado, permanente, contratado o de elección popular. Estos resúmenes deben ser publicados a más tardar para el último día hábil del mes de enero de cada año.

<<RESUMEN ANUAL AÑO 2017>>

Ir al contenido