Junta Municipal

Es el poder legislativo es una instancia municipal, por lo tanto dicta Ordenanzas, Resoluciones y Reglamentos en materia de su competencia.

Este poder legislativo municipal tiene amplias funciones y para el mejor tratamiento de sus atribuciones se organiza en las siguientes comisiones asesoras permanentes:

a) Legislación;

b) Hacienda y Presupuesto;

c) Infraestructura Pública y Servicios;

d) Planificación, Urbanismo y Ordenamiento Territorial;

e) Salud, Higiene, Salubridad y Ambiente;

f) Educación, Cultura, Deporte, Turismo y Espectáculos Públicos;

g) Transporte Público y Tránsito; y,

h) Desarrollo Productivo, Humano y Social.

La Junta Municipal podrá fusionar, modificar o suprimirlas, crear otras o designar comisiones especiales para el mejor cumplimiento de sus atribuciones. Las comisiones estarán conformadas de forma que los partidos políticos estén representados, en lo posible, en la misma proporción que en el seno de la Junta. Todos los concejales tienen el derecho y la obligación de formar parte de una o más comisiones.

 

Imagen de los Consejales Municiapales Periodo 2015- 2020

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